En ocasiones necesitamos ganar algo de dinero y decidimos alquilar una habitación de nuestra casa o no podemos permitirnos alquilar una vivienda entera y optamos por alquilar una habitación en un piso compartido.
En España, con los problemas que sigue atravesando el mercado laboral, son cada vez más las personas que se deciden a compartir gastos y optar por el alquiler de habitación como una forma de ahorrar.
¿Qué regulación legal tiene el alquiler de habitación?
Es importante tener en cuenta que el contrato de alquiler de habitación no se regula por la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) sino por el Código Civil en los artículos 1542 y siguientes. El Código Civil define el arrendamiento de cosas como aquel por el que una de las partes se obliga a dar a la otra el goce o uso de una cosa por tiempo determinado y precio cierto.
Debido a la regulación del contrato de alquiler de habitación por el Código Civil, existen dos cuestiones que son diferentes para este tipo de contratos: no existe derecho de adquisición preferente en caso de venta, como ocurre con los contratos de vivienda sometidos a la LAU y, además, en estos casos de venta, el contrato relativo a la habitación podría resultar extinguido.
Precauciones básicas en el alquiler de una habitación
Para alquilar una habitación debemos tener en cuenta una serie de precauciones para evitar problemas en el futuro:
- Si somos inquilinos debemos visitar la habitación y el piso donde se encuentra, para comprobar el estado, el buen funcionamiento de todos los servicios y la zona.
- Además, como inquilinos es importante comprobar con quién firmamos el contrato si con el arrendador o con el inquilino del piso (en este caso se trataría de un subarriendo que habría que comprobar si está permitido por el arrendador).
- Como propietarios lo habitual es solicitar documentación que acredite la solvencia del inquilino: nóminas, contrato de trabajo, declaraciones de IVA o IRPF en caso de que sea autónomo etc.
Principales cláusulas en un contrato de alquiler de habitación
Lo más importante es que el acuerdo entre el propietario de la habitación y el inquilino debe hacerse por escrito para mayor seguridad de las partes: A continuación, te detallamos el contenido básico que debe tener el contrato:
Descripción del objeto del contrato. Se debe detallar muy bien qué habitación se alquila, incluso se puede adjuntar un plano al contrato para que quede claro y describir con detalle la habitación y los muebles que haya en ella en el contrato.
Duración del contrato. El Código Civil no establece un periodo de duración, como ocurre con la LAU, sino que solo dice que la duración tendrá que ser determinada. Lo habitual es que se pacte un año.
Definir la renta y la forma de pago. El importe mensual que se va a abonar por la habitación, así como la forma en la que se va a pagar (transferencia, domiciliación etc.) es una parte esencial del contrato.
Servicios de la vivienda y pago de gastos. Se trata de definir a qué servicios tendrá acceso el inquilino de la habitación (internet, teléfono fijo etc.) y cómo se repartirán los gastos derivados de los suministros (gas, luz, agua etc.).
Normas de convivencia. Por otro lado, se podrían fijar normas relativas al uso de los servicios o espacios comunes para facilitar la convivencia entre los diferentes inquilinos de las habitaciones.
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